Es una práctica habitual el cobro de comisiones por las entidades bancarias por y para todo. En el caso que nos ocupa, el Tribunal Supremo ha condenado en virtud de sentencia de 4 de Mayo, a retirar y no aplicar en sus contratos al declarar abusiva la comisión de 2 euros que la entidad cobraba por los ingresos en efectivos efectuados en cuentas por terceras personas.

Tras una demanda por la asociación de consumidores EKA-ACUV se denunció la abusividad de tal comisión que se cifraba en 2 euros, el Juzgado de lo Mercantil núm. 1 dio la razón a la asociación y dicha sentencia fue confirmada y ratificada por la Audiencia Provincial de Alava en 2018.

Fueron declaradas dichas comisiones abusivas y en consecuencia, han de desaparecer dichas clausulas de sus contratos. Sin embargo, la gran potencia financiera no sólo no las eliminó sino que duplicó el coste de tal servicio, ascendiendo hasta los 4 euros. Incluso en la página web se cifra el costo hasta los 7 euros.

Sin embargo, ahora con la ratificación por el Tribunal Supremo de las sentencias dictadas en primera y segunda instancia, Kutxabank tendrá que hacer desaparecer el cobro por tal servicio. El Supremo al igual que sus antecesores consideran que aplicar una tasa al ingreso de terceros en ventanilla supone cobrar dos veces por el mismo servicio ya que el cliente que contrata una cuenta corriente ya paga su comisión correspondiente de mantenimiento.

Por lo que habrá que estar atentos a partir de ahora a que no nos cobren tales comisiones al haber sido declaradas abusivas judicialmente