Como ya se ha explicado en otros boletines y artículos redactados, este despacho se hizo eco de la sanción impuesta a las fabricantes multinacionales de camiones por la Comisión Europea de fecha 19 de Julio de 2016. La infracción consistió en la fijación e incremento de los precios brutos de los camiones con incidencia en los precios netos y la repercusión de los costes para la introducción de las nuevas tecnologías de control de emisiones contaminantes. Los productos afectados por la conducta sancionada fueron los camiones con un peso de 6 a 16 toneladas y más de 16 toneladas.
Estudiado el tema, se instaron varias demandas en nombre de varios clientes en reclamación del sobrecoste denunciado, y siendo este despacho pionero en esta ciudad en dichas reclamaciones, con fecha 1 de Diciembre de 2020 se ha dictado una sentencia favorable a las pretensiones del cliente reclamante frente a Iveco S.P.A.
La Sentencia dictada por el Juzgado de lo mercantil núm. 1 de Vitoria ha estimado el sobrecoste abonado por el cliente en el momento de adquisición de los camiones ha sido de un 5%, siguiendo la postura mantenida por otros juzgados a nivel nacional así como en otros Estados de la UE, en idénticas situaciones. A ello añade los intereses legales desde la fecha del cobro del precio, identificada con la de la factura de compra.
A vista de lo expuesto, si usted adquirió un camión ó cabeza tractora entre 1997 a 2011 período que duró el cártel de precios, no dude en ponerse en contacto con nosotros y le asesoraremos sobre su reclamación.
Nº de colegiado 710 – Álava