Modificación de las condiciones de trabajo el plazo mínimo son 90 días.
En el ámbito laboral no se considera modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter colectivo aquella que no afecte a os trabajadores durante un periodo de noventa días. Curiosa Sentencia dictada en un caso defendido por MGJ Abogados. Curiosa por cuando sirve para recordar un requisito que establece el Estatuto de los Trabajadores…