La solicitud de cambio de contingencia puede realizarse entre contingencias del mismo tipo; por ejemplo, de accidente de trabajo a enfermedad profesional. También puede darse entre contingencias de distinto tipo; por ejemplo, de accidente no laboral (contingencia común) a accidente de trabajo (contingencia profesional).

En este asunto en el cual MGJ Abogados defendía a una de las siete empresas demandadas, el objeto de litigio versaba sobre el cambio de contingencia, en concreto pasar de enfermedad común a enfermedad profesional de un trabajador.

Dicho trabajador había fallecido como consecuencia de un mesotelioma metastásico y el cambio de contingencia alegado por la viuda del trabajador, se debía a que mientras trabajó en dicha empresa (casi todas fundiciones) había utilizado o manipulado producto que contenía amianto.

La empresa a la que asistía MGJ Abogados en virtud de la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Bilbao, no ha sido condenada, por cuanto se acreditó cómo durante el desempeño del puesto de trabajo por dicho trabajador, ya fallecido, no pudo tener contacto con producto alguno que contuviera amianto y por otro lado, no había transcurrido el tiempo mínimo de latencia por exposición al amianto que debe darse para adquirir tal enfermedad, como son entre 30 y 10 años.