El Fondo de Garantía Salarial es el organismo público que abona a los trabajadores parte de los salarios e indemnizaciones pendientes de pago a causa de insolvencia o concurso de acreedores de las empresas.
No obstante, existen límites en la responsabilidad de pago por parte del Fondo, no siendo absoluta. Se limitan tanto en la cantidad a resarcir al solicitante como a la clase de solicitante.
Los trabajadores del hogar y de socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado están excluidos del amparo de este Organismo. Asimismo, los límites cuantitativos en el importe a abonar están relacionados con el Salario Mínimo Interprofesional en las cuantías a abonar por los salarios e indemnizaciones debidas por la entidad empresarial.
Salarios: El límite previsto para el 2018 en los salarios será el doble del salario mínimo interprofesional diario, por el número de días pendientes de pago con un máximo de 120 días, incluyendo prorrateo de pagas extraordinarias. A efectos de computar el SMI se ha de tener en cuenta el vigente al momento de la declaración de insolvencia empresarial.
Indemnizaciones: El límite máximo a pagar será el de una anualidad de salario y siempre tomando como salario base una cantidad que no supere el doble del SMI incluyendo pagas extras. A la hora de computar los números de días se ha de tener en cuenta el tipo de despido, que oscilan entre 30 días al año, por despido improcedente o nulo, a 8 días en el caso de extinción de contratos temporales.
Habrá que determinar el tipo de despido para determinar el número de días a computar. Es importante que la indemnización esté reconocida en acto de conciliación judicial o sentencia judicial.
El plazo para solicitar el pago a Fogasa es de un año desde la declaración de insolvencia de la empresa o certificado emitido por el administrador concursal. Presentada la solicitud el Fogasa deberá hacer frente a las cuantías correspondientes en el plazo de 3 meses desde aquella presentación.
Por lo tanto, ante un despido o impago de salarios, no dude en poner en manos de un abogado el caso, reclamar judicialmente y con ello, podrá acudir al Fogasa para resarcir en parte las cantidades adeudadas, sea a modo de consolación.