1.- ¿QUÉ ES LA CURATELA?
La curatela es una institución que tiene por objeto la designación de una persona que será la encargada de prestar apoyo a personas que por razones diversas, no estén en condiciones de prestar consentimiento contractual o de adoptar decisiones por sí misma. El nombramiento de un curador o curadora se realiza con el fin de asegurar el cuidado de sus intereses personales y la buena gestión de sus intereses patrimoniales.

2.- ¿CÓMO SE DESIGNA UN CURADOR?
Será un juez quién designe un curador y fijará las cuestiones sobre las que deberá prestar apoyo a la persona que se encuentre impedida. El nombramiento del curador o curadora, así como los actos concretos sobre los que deba prestar asistencia deberán estar debidamente justificados. El principio que inspira la determinación de los actos será el de garantizar la autonomía de las personas sobre aquellas cuestiones sobres las que aún puedan decidir.
La nueva regulación de la curatela, prevé la curatela representativa (aquella en la que el curador representará a la persona con discapacidad en todas las cuestiones relativas a su vida personal y patrimonio), como una situación excepcional. Es decir, como último recurso.

3.- ¿QUÉ ES LA AUTOCURATELA?
La autocuratela es un mecanismo por el cual cualquier persona, que sea mayor de edad, y goce de plena capacidad de obrar, puede designar, mediante escritura pública, quién quiere se sea su curador, si un futuro se encontrara en una situación de necesitar asistencia por no poder decidir por sí mismo o por sí misma. Para ello, es suficiente con acudir al notario, y expresar cuál nuestra voluntad.

4.- ¿QUÉ VENTAJAS OFRECE LA AUTOCURATELA?
Ya hemos indicado que en último término, seré siempre un juez, quién determine quién será el curador y para qué actos. No obstante, la existencia de una escritura de autotutela, a priori vincula al juez en esa decisión, salvo que existan circunstancias graves desconocidas por la persona que la estableció que así lo impidan, lo cual deberá fundamentarse de forma motivada en la resolución que se dicte.
La designación de curador mediante el poder notarial ofrece la ventaja de evitar conflictos que puedan surgir entre familiares, y sobre todo, que se va a cumplir la voluntad de la persona que en un momento dado esté necesitada de apoyo. Sin duda, se trata de una novedad legislativa que va encaminada a la protección de las personas en situaciones de vulnerabilidad.