La nueva Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres 13/2021 del pasado mes de Octubre, sanciona los incumplimientos en materia de plazos de pago que establece la legislación sobre lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales en el sector del transporte.

Las empresas que paguen a más de 60 días en dicho ámbito serán sancionadas con multas hasta 6.000 euros que podrán incluso llegar los 30.000 euros en caso de reincidencia ó que el plazo de pago supere los 120 días. De igual forma que el retraso del pago alcance los 120 días y ello afecte ó influya en la solvencia económica del acreedor también será sancionado con multa de 30.000.-€.

Las sanciones se modulan en función del tiempo de demora en el pago y el precio del transporte.
Es una ley pionera y primordial en nuestro país, de cara a disminuir los incumplimientos de la legislación vigente, siendo dos de cada tres pagos que realizan a las empresas transportistas a más de 90 días ó incluso una cuarta parte, a 120 días.

Desgraciadamente no solo el sector transportista es en el que se producen retrasos en el pago incumpliendo con la ley, sino que es una “mala costumbre” generalizada en la actividad empresarial de cualquier índole.

Ante tal alarma, si bien el pasado mes de Junio por parte del Congreso se aprobó por unanimidad medidas sancionadoras para evitar la morosidad en todos los ámbitos económicos, y reactivar la economía del país. Pese a ello, a día de hoy no ha entrado en vigor dicho régimen sancionador estando paralizado por una fuerte oposición por parte de las multinacionales y grandes empresas.

Por lo tanto, recuerde que siendo transportista no ha de esperar más de 60 días para cobrar, sin perjuicio del acuerdo entre las partes, pudiendo el deudor ser sancionado por la demora en el pago.