Como consecuencia de la pandemia y de sus efectos perjudiciales para la economía, el Gobierno aprobó la posibilidad de que las propias empresas con problemas no instaran su propio concurso, así como tampoco un acreedor podría instar un concurso de una empresa con un crédito a su favor, siendo el concurso necesario.

El día 1 de julio de 2022 dicha moratoria ha concluido, habiendo sido prorrogada por el Ejecutivo en varias ocasiones, y ahora ya existe la obligación de instar concursos voluntarios, así como la admisión de los concursos necesarios.

En cuanto a una nueva prórroga, existían opiniones dispares abogando por ampliar el plazo una vez, impulsado sobre todo por los sectores de la hostelería, hospedaje, etc., quiénes confían en remontar por los buenos augurios del turismo este verano. Sin embargo, en la otra cara están, por ejemplo, los bancos y entidades financieros, que quieren cobrar y recuperar sus créditos.

Por lo tanto, los deudores que se encuentren en situación de insolvencia han de solicitar la declaración de concurso en el plazo de 2 meses. Se admiten de nuevo las solicitudes de concurso necesarios instados por los acreedores y seguirán su curso, dándose trámite a las solicitudes de concurso necesario que fueron instadas durante el periodo de moratoria concursal si no se ha presentado por el deudor la solicitud de concurso voluntario.

Ante tal fin, se vaticinaba una avalancha en los juzgados mercantiles de solicitudes de concursos necesarios y voluntarios, si bien, se han incrementado en número en el juzgado dichas tramitaciones, la verdad es que no ha sido por lo que llevamos en estos 10 días del mes, un aluvión de dichos procedimientos.

Es por ello, que si conoce que está en situación de insolvencia o preminentemente lo estará, lo más aconsejable es actuar de una manera ágil y sin mayor demora, no dude en consultarnos.