La reforma de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, Real Decreto Ley 7/2021 entró en vigor el 1 de Enero de este año. En dicha reforma se adaptan las directivas de la Unión Europea en materias de competencia, prevención del blanqueo de capitales, entidades de créditos, telecomunicaciones, medidas tributarias, previsión y reparación de daños medioambientales, defensa de los consumidores, etc.
Dicha reforma incorpora la ampliación de las garantías obligatorias de los productos y su reparabilidad. La garantía pasa de 2 a 3 años y los fabricantes quedan obligados a disponer de piezas de repuesto una vez que el producto deje de fabricarse durante 10 años, antes eran 5 años. Ello garantiza que los productos comercializados deben contar con un servicio técnico adecuado, así como los repuestos necesarios para su reparación.
Uno de los objetivos de la reforma es garantizar una mayor durabilidad de los bienes y productos, así como su garantía y reparación. Los derechos y garantías para los consumidores y usuarios es asegurar que los bienes comercializados en nuestro país cuenten con un alto grato de calidad, seguridad y durabilidad. Esta durabilidad será un criterio objetivo para que el consumidor evalúe si está conforme ó no con la compra realizada.
Se establece un plazo de 3 años para que pueda manifestarse la falta de conformidad, y un plazo de dos años para la presunción de que la falta de conformidad que se manifieste ya existía en el momento de la entrega del bien.
Por lo que son interesantes novedades para que todos como consumidores y usuarios tengamos mayor seguridad a la hora de adquirir un bien ó producto con mayor garantía, mayor plazo de durabilidad y reparabilidad.